29.9.08

Los juicios de Guantánamo

El gobierno estadounidense afirma que seis años es un plazo insuficiente para preparar pruebas
Los juicios de Guantánamo

Traducido al inglés por Rebelión por Sinfo Fernández

Imagínese Vd. que le agarran en Afganistán o en Pakistán, donde Vd. era, posiblemente, un hombre absolutamente inocente, y que le venden para conseguir una recompensa, o que era un soldado musulmán combatiendo contra otros musulmanes en una guerra civil cuyas raíces arrancan de la resistencia ante la ocupación soviética de la década de 1980, que fue parcialmente financiada por los Estados Unidos.

Imagínese después que, tras ser tratado con atroz brutalidad por las fuerzas estadounidenses, no le dan oportunidad alguna para poder demostrar que es un hombre inocente atrapado por error, un soldado, o la víctima de cazadores de recompensas, y a cambio le obligan a meterse en vuelo que le traslada al otro confín del mundo hasta una prisión experimental situada fuera del país de sus captores, donde le empiezan a interrogar sobre sus conexiones con al-Qaida y Osama bin Laden.

En ningún momento se le ofrece la protección de las Convenciones de Ginebra (de las que sus captores son signatarios), que se aprobaron para impedir el “trato humillante y degradante” a los prisioneros atrapados durante tiempo de guerra y también para impedir el empleo de la fuerza en los interrogatorios (se les pueden hacer preguntas pero está prohibida cualquier forma de “coacción física o mental”). Sin embargo, al esforzarse en contestar a las preguntas que le hacen –quizá porque no sabe nada ni sobre al Qaida ni sobre Osama bin Laden-, no sólo es interrogado implacablemente, sino que es sometido a toda una colección de “técnicas de interrogatorio potenciadas” [*], que violan la Convención de Naciones Unidas Contra la Tortura y otros Tratos o Castigos Crueles, Inhumanos o Degradantes, de la cual sus captores son también signatarios.

Imagínese ahora que, después de seis años y medio de encarcelamiento –durante los cuales, a diferencia de los criminales culpables del continente estadounidense, Vd. nunca ha sido acusado ni juzgado y tampoco se le ha permitido ni una sola visita de sus seres queridos-, el más alto tribunal legal estadounidense, en Boumediene v. Bush, decide que Vd. tiene derecho al habeas corpus; es decir, derecho a saber por qué se le mantiene detenido. Y finalmente, imagínese que, en respuesta a esa legislación, cuando los jueces responsables de examinar las revisiones han ordenado que esos casos deben abordarse “tan rápidamente como sea posible” y fijan unos límites que el gobierno debe cumplir, sus captores dan media vuelta y dicen que, después de mantenerle 2.444 días en Guantánamo, necesitan más tiempo para preparar el caso contra Vd.

Creo que Vd. se sentiría horrorizado y llegaría a la conclusión de que ese gobierno está dilatándolo todo por motivos políticos, confiando en evitar así una humillación antes de las elecciones presidenciales y tratando, sobre todo, de impedir una repetición del veredicto de Parhat v. Gates, el único caso revisado desde que el Tribunal Supremo emitió su legislación en junio, en el cual los jueces –ni más ni menos que dos conservadores y un liberal- dictaminaron que la designación de Huzaifa Parhat, un musulmán chino, como “enemigo combatiente” era “nula” y fustigó la calidad de la prueba presentada por el gobierno como algo parecido a un poema disparatado de Lewis Carroll, autor de “Alicia en el país de las maravillas”.

Y creo que no andaban muy descaminados con esa opinión. Cuando el Tribunal Supremo dictaminó que los prisioneros tenían derecho a una “rápida vista del habeas corpus” y añadió que “aunque fuera inevitable algún retraso a la hora de implementar los nuevos procedimientos, los retenidos bajo vigilancia no deberían soportar más los costes de esos retrasos”, es verdad que no pensaban, transcurridos ya alrededor de tres meses, que el gobierno iba a continuar haciéndose el remolón. Inmediatamente después de la sentencia del Tribunal Supremo, se fijaron una serie de reuniones para designar los jueces que debían revisar los 250 casos y fijar fechas para que el gobierno y los abogados defensores de los prisioneros presentaran sus pruebas. El 11 de julio, la Corte del Distrito encargada de las revisiones “le ordenó al gobierno que presentara los informes a un ritmo de cincuenta por mes, y los primeros cincuenta en la fecha límite del 29 de agosto de 2008”.

Sin embargo, “justo antes de la medianoche” del 29 de agosto, con sólo 22 informes entregados, el gobierno presentó una “moción instantánea” pidiendo más tiempo, alegando que “sencillamente no había sido consciente de la extensión de los desafíos planteados por la gran necesidad que esos casos tenían de información clasificada cuando propuso completar la primera serie de informes sobre los hechos para finales de agosto”, y pidiendo un “alivio parcial y temporal” de la orden del 11 de julio. Concretamente, como señaló el juez Hogan en su opinión emitida el 19 de septiembre, el gobierno pidió una ampliación de treinta días. Personalidades de alto nivel –el Consejo General en funciones del Departamento de Defensa, el Ayudante del Fiscal General para la División Civil del Departamento de Justicia, y el Director de la CIA- explicaron “los importancias recursos y esfuerzos que el gobierno había dedicado a preparar los informes sobre los hechos y el riesgo de dañar la seguridad nacional implícita en ellos al tener que dar a conocer información clasificada a personas situadas fuera de la Rama del Ejecutivo”.

El juez Hogan, después de señalar que aplazar el plazo un mes no suponía ningún alivio “parcial” ni “temporal”, estuvo de acuerdo en conceder la petición del gobierno. Afirmó que, tras revisar las declaraciones, “el Tribunal se siente satisfecho de que el gobierno no esté dilatándose en un intento por retrasar esas cuestiones más allá de lo que es necesario para establecer las protecciones necesarias a la seguridad nacional asociadas con la desclasificación de información reservada. Estos casos no son normales y corrientes; implican cantidades importantes de información sensible y clasificada sobre individuos de los que el gobierno afirma que eran parte o que apoyaban a los talibanes o al-Qaida u otras organizaciones contra que EEUU está inmerso en conflicto armado”.

Sin embargo, el juez Hogan afirmaba también que “el Tribunal admite, a su pesar, la moción del gobierno”, explicando que “se sentía decepcionado por la falta de cumplimiento por parte del gobierno del plazo fijado por el Tribunal, debido en parte a las seguridades recibidas por el gobierno”. Citando declaraciones en las que el gobierno proclamaba que había “intentado cumplir su objetivo” y que “continuaría esforzándose por cumplir el requerimiento de cincuenta casos al mes”, el juez Hogan añadió, mordazmente, que el Tribunal “no estaba simplemente fijando un ‘objetivo’ para que el gobierno se ‘esforzara’”, sino que estaba, más bien, “ordenando al gobierno que presentara al menos cincuenta informes de hechos para finales de mes, seguidos, a partir de entonces, de al menos otros cincuenta más cada mes hasta que la producción estuviera completa”.

En conclusión, aunque el juez Hogan reconocía que, como el gobierno había explicado, desde el dictamen del Tribunal Supremo, sus “fiscales y otros elementos de múltiples agencias han trabajado mucho y duro, noches y fines de semana”, le recordaba al ejecutivo que “el gobierno mantiene detenidos más de seis años ya a muchos de esos peticionarios, y ya va siendo hora de proporcionarles la oportunidad de examinar completamente la legalidad de esa detención de una manera rápida y significativa”.

Añadió, con un ápice de irritación, que la decisión de conceder a los prisioneros el derecho a examinar completamente la legalidad de su detención mediante los desafíos del habeas corpus” no “había caído como una bomba”, como el gobierno argüía, porque el Tribunal Supremo había dictaminado ya, cuatro años antes (en Rasul v. Bush), que tenían ese derecho. Este fue, parece, un comentario mordaz sobre la legislación aprobada por el gobierno tras el caso de Rasul (el Acta sobre el Trato a los Detenidos y el Acta de las Comisiones Militares), que fue parcialmente revocada –y declarada inconstitucional- en Boumediene.

La decisión del Tribunal va a suponer muy poco alivio para los prisioneros que se pudren en Guantánamo mientras el gobierno hace todo lo que está en su poder para evitar exponer sus razones –o la falta de ellas- para retenerles allí, pero muestra, al menos, que los jueces responsables de revisar sus casos están prestando atención.

N. de la T.:

[*] Véase a ese respecto el artículo “Torturando en la oscuridad” de Stephen Soldz, Brad Olson, Steve Reisner, Jean Maria Arrigo y Bryant Welch: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=70813

Andy Worthington es un historiador británico y autor del libro “The Guantánamo Files: The Stories of the 774 Detainees in America’s Illegal Prison”, publicado por Pluto Press. Su página en Internet es: www.andyworthington.co.uk. Puede contactarse con él en:

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